El Encargado de Seguridad es la persona designada por la entidad obligada para velar por el cumplimiento de las medidas establecidas en el estudio de seguridad en cada recinto, oficina, agencia o sucursal de la misma y debe acreditarse ante la Subsecretaría de Prevención del Delito, debiendo cumplir los mismos requisitos de los vigilantes privados, además de aprobar un curso relacionado con el área de seguridad o materias afines con una duración de ciento veinte horas.
Norma que lo regula: Ley 21.659 sobre seguridad privada; Reglamento de Seguridad Privada (Decreto 209 del 18.06.2024 del Ministerio de Seguridad Pública)
Cantidad de horas: 120 hrs.
Modalidad: E-Learning
Código SENCE: Disponible.




